viernes, julio 26, 2024
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Nueva ley para estimular el uso de la bicicleta

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El presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley 1811 del 2016, con la cual se pretende incentivar el uso de la bicicleta.

Con el objetivo de mejorar la movilidad en las ciudades del país, como también, mitigar el impacto negativo que producen las emisiones de los vehículos al ambiente el Mandatario de los colombianos sancionó la ley, cuyo objetivo es incentivar el uso de la bicicleta como principal medio de transporte en todo el territorio nacional.

La nueva ley fue lidera en el congreso por la Claudia López y en la cámara por Angélica Lozano, señala que todos los usuarios de Sistemas Integrados de Transporte Masivo, Sistemas Integrados de Transporte Público, Sistemas Estratégicos de Transporte Público y los Sistemas Integrados de Transporte Regional que hayan usado la bicicleta como medio alimentador y que tengan esto valido en el sistema unificado, al momento de tener 30 validaciones recibiría un pasaje gratis, así mismo, se estimulara el uso de portabicicletas en todos los medios de transporte públicos terrestres con el objetivo integrar la bicicleta a los sistemas de transporte actuales.

La instalación y adecuación de parqueaderos seguros para los ciclistas, es otra de los requerimientos de la ley, pues esto es fundamental para que este transporte alternativo entre de lleno a formar parte de los sistemas masivos de transporte de cada ciudad, estas entidades tendrán la facultad de definir los protocolos para la accesibilidad de las bicicletas a los vehículos e incluso podrán definir espacios en los vehículos específicamente para ciclistas.

Los funcionarios públicos que utilicen la bicicleta también tendrán beneficios, pues por cada 30 veces que el funcionario certifique que llego a su lugar de trabajo en el caballito de acero, tendrá derecho a medio día compensatorio pago.

Por su parte, el Ministerio Industria, Comercio y Turismo, tendrá la misión de generar un programa que incentive el uso y la compra de bicicletas del país, esta solicitud debe ser presentado antes de cumplirse el año de promulgación de la norma.

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