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Dos años desde la adopción del Acuerdo de Escazú

El Acuerdo de Escazú adoptado el marzo del 2018 busca contribuir a una mejor implementación de principios constitucionales ya reconocidos, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.

El 4 de marzo de 2018 se adoptó en Escazú, Costa Rica el instrumento regional para el acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales, un tratado internacional de carácter vinculante cuyos objetivos principales son fortalecer la democracia ambiental, definir y garantizar los estándares de cumplimiento de derechos humanos y ambientales en Latinoamérica y el Caribe y acercar al hemisferio a un desarrollo sostenible más inclusivo y transparente

El Acuerdo de Escazú se fundamentó en el Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro de 1992, sobre el derecho a un medio ambiente sano y sostenible para las generaciones presentes y futuras, que pone como pilar para su realización el efectivo goce y reconocimiento de los derechos de acceso.

Siguiendo este llamado los países aprobaron la Decisión de Santiago en 2014 con el fin de buscar la aplicación de la Declaración Principio 10  mediante un instrumento regional, dando inicio a las negociación en 2015 con la Comisión Económica para Latinoamérica y el Caribe (Cepal) como la secretaría técnica. Este instrumento tiene particularidades importantes que lo diferencian de otro tipo de tratados en la región.

Es el primer acuerdo multilateral ambiental en Latinoamérica y el Caribe. Incluyó la participación directa del público mediante representantes electos, dándole a la sociedad civil voz al interior de las negociaciones en los cuatro años en los que se llevaron a cabo. Incluyó por primera vez una disposición que hace referencia a los defensores de derechos humanos y ambientales, dando visibilidad internacional a una problemática grave en la región, el asesinato sistemático de líderes que posiciona en los primeros lugares del ranking mundial a Brasil, Colombia, Honduras, Perú y México.

Es un instrumento que se relaciona con el cumplimiento de varios Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS 11 reducción de las desigualdades, ODS 12 ciudades y comunidades sostenibles, y en especial los ODS 13, acción climática, al instar a los países a una efectiva protección los derechos humanos y ambientales de sus conciudadanos y ODS 16, paz e instituciones sólidas, al promover la transparencia y el fortalecimiento del estado de derecho.

Desde su apertura a firma el 27 de septiembre de 2018, veintidós países se han adherido y siete ya han depositado la ratificación del instrumento, es necesaria la obtención de cuatro ratificaciones más, en total once para la entrada en vigor del Acuerdo. Colombia es uno de los países firmantes, desde el 12 de diciembre de 2019, y se espera que para marzo del 2020 inicie el proceso de ratificación, lo que representará desafíos y oportunidades para el país.

Por un lado, el Acuerdo promete contribuir a una mejor implementación de principios constitucionales ya reconocidos, como el acceso a la información pública,  solventar asimetrías en los procesos de participación ciudadana para que esta sea realmente efectiva y con incidencia directa en la toma de decisiones concernientes al medio ambiente.

Por otro lado, el Acuerdo hace evidente la insuficiencia institucional en el acceso material a la justicia ambiental, y la necesidad de desarrollar nuevos mecanismos para la disminución de conflictos socio-ambientales, la formación adecuada de los operadores de justicia en asuntos de esta naturaleza,  la codificación, persecución y penalización de nuevos tipos penales por violaciones al medio ambiente y a derechos humanos conexos, entre otros.

Según expertos existe una relación estrecha entre los más de trescientos conflictos socioambientales reportados en Colombia con la incapacidad estatal de garantizar la participación y consulta informada de comunidades afrodescendientes, indígenas y campesinas sobre la gobernanza y desarrollo territorial (ver).

El incremento en este tipo de conflictos entre comunidades étnicas y campesinas por el manejo de los territorios y el elevado número de asesinatos de líderes pertenecientes a estos grupos, con más de ciento sesenta y cuatro  asesinatos entre 2002 y 2017. Es el claro llamado a la revisión de la democracia ambiental en el país y la razón más urgente para que el Acuerdo de Escazú se incorpore a su ordenamiento jurídico.

Artículo por: Asociación Ambiente y Sociedad. 

 

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