jueves, noviembre 21, 2024
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¿Por qué hay descontento frente a la propuesta de la reforma a la salud?

Solo en 2019 se interpusieron 200 mil tutelas al sistema de salud por deficiencias en la atención y cobertura. Frente a una posible reforma, asociaciones de este sector manifiestan su preocupación por algunos puntos que implicarían la privatización, y que afectarían directamente a las comunidades más vulnerables.

De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, el 98% de la población nacional cuenta con cobertura y acceso a los servicios de salud. Sin embargo, el sistema de salud actual presenta deficiencias, ya que un informe de la Defensoría del Pueblo reveló que durante el año 2019 se interpusieron más de 200.000 tutelas en materia de vulneraciones al derecho a la salud. 

Según esta entidad, en el 92% de los municipios del territorio nacional se interpuso al menos una tutela que invoca el derecho a la salud, entre ellos destacan los municipios de: Prado, Tolima (494 tutelas); Capitanejo, Santander (330); San José de Miranda, Santander (277); Málaga, Santander (221); Concordia, Antioquia (220); Ocaña, Norte de Santander (208); y La Dorada, Caldas (204).

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En dichos territorios la problemática es la misma: la interrupción de los tratamientos; la no entrega o entrega parcial de medicamentos; la demora en las citas médicas especializadas o la no atención. Para la Defensoría, el resultado no tiene justificación porque estos servicios deberían estar cubiertos a través del aseguramiento en salud y financiados por la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que paga el Estado a las EPS por cada uno de sus afiliados de manera anticipada, recursos que deberían estar destinados a garantizar un servicio de salud de calidad. 

El Sistema de Seguridad Social Integral vigente en Colombia fue instituido por la Ley 100 de 1993 y tuvo como objetivo principal articular instituciones privadas, públicas y mixtas para la prestación de servicios de salud para aumentar la capacidad de aseguramiento de las personas. Dentro de esta ley, el 47% de los recursos que reciben las entidades de salud provienen de los afiliados, por lo que el ministro de Salud y Protección Fernando Ruíz, asegura que el problema radica en que no hay una medida que regule el destino de estos dineros y por esto se hace necesaria una reforma.

Con dicha afirmación, fue radicado ante el Congreso el día  20 de julio del 2020 el texto de la reforma de salud liderado por la bancada del partido Cambio Radical. Dividido en  10 capítulos, el documento estipula que “se dictan disposiciones orientadas a garantizar el derecho fundamental a la salud dentro del Sistema General de Seguridad Social, de conformidad con la ley 1751 de 2015, y la sostenibilidad del sistema”. 

Una polémica se ha levantado en torno a la propuesta, diferentes asociaciones de la población civil han manifestado su preocupación y rechazo a la medida, principalmente las que pertenecen al gremio de  la salud, como la Federación Médica Colombiana (FMC), el Colegio Médico Colombiano (CMC), la Asociación Médica Sindical de Colombia (ASMEDAS), la Asociación Nacional de Internos y Residentes (ANIR), la Asociación Colombiana Médica Estudiantil (ACOME), entre otras. Asegurando que el proyecto de ley no resuelve los problemas estructurales del sistema actual y que apunta a la privatización de la salud, debilitando así a la red de hospitales públicos. 

¿Cuáles son los puntos más discutidos sobre esta reforma?

Por un lado, en el marco de gestión integral de salud se plantea el término del autocuidado, como una responsabilidad individual y colectiva de todos los ciudadanos para mitigar, contener y atender los riesgos en salud. Es decir, las personas tendrán el deber de cuidar, y  atender las recomendaciones dadas por el personal médico en materia de tratamiento, cumplimiento de citas y cualquier acción que afecte directamente su estado de salud. 

Lo que sugiere que, si las entidades determinan que un paciente no cumplió con el respectivo deber, podrían aumentar el costo de las cuotas moderadoras por servicio. Pero, para que exista autocuidado se tienen que garantizar otros factores sanitarios y ciertos derechos.

Por ejemplo, sólo el 54,0% de la población rural cuenta con un acueducto que les proporciona agua potable, el resto de la población se ve expuesto a un alto riesgo de enfermedades como intoxicaciones por consumo de agua no tratada. En ese sentido, aumentar el costo de las cuotas moderadoras argumentando el no cuidado afectaría a las poblaciones más vulnerables.

Por otro lado, el documento establece que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) adopten la denominación de Aseguradoras de en Salud (SA). Bajo este modelo, la Superintendencia de Salud podrá depurar las EPS cuando no cumplan con los estándares técnicos ni financieros. Por lo que la red de hospitales públicos y departamentales que poseen menores recursos estarían sujetas a cierres o podrían fusionarse con otras entidades para apuntar a su privatización.  

Se debe destacar que, los hospitales públicos se caracterizan por atender y tratar a pacientes que no pueden pagar un aseguramiento, además, muchas regiones del país cuentan con un único centro de atención. En Chocó por ejemplo, sólo existe un hospital público de nivel 2, es decir con posibilidad de hospitalización y especialistas, este ha declarado desde el 2020 no tener recursos para atender de manera oportuna a cerca de 1 millón de pacientes, por lo que, bajo la medida de depuración sería candidato para su liquidación o privatización. 

Lo anterior supone la posibilidad de que muchas personas que hoy dependen de los servicios que ofrece la red pública, queden desamparadas. Según cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) cerca 22.214.348 millones de personas hacen parte del régimen subsidiado y más de 900.000 mil no cuentan con ningún tipo de afiliación al sistema de salud; respecto a esta población el documento de reforma no aclara cómo garantizará su derecho a la salud.

Finalmente, el proyecto plantea la prohibición de la tercerización laboral, es decir que las contrataciones se deberán realizar de manera directa con las entidades prestadoras de servicios de salud. Sin embargo, no limita la vinculación bajo la modalidad de prestación de servicios, en la cual los profesionales de la salud tienen que pagar de su sueldo neto todas las prestaciones sociales como salud y pensión.  

 

Por: Ivania Alejandra Aroca Gaona – Periodista.

Editor: Karina Porras Niño. Periodista – Editora. 

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