jueves, octubre 3, 2024
InicioDESTACADOSEl proyecto de ley que busca devolver la navegabilidad al río Magdalena

El proyecto de ley que busca devolver la navegabilidad al río Magdalena

La propuesta pretende impulsar acciones para que la hidrovía del río Grande de la Magdalena opere los 365 días del año y las 24 horas del día. De aprobarse el proyecto de ley, el afluente se convertiría en la primer hidrovía del país.

El proyecto de ley, radicado por el senador Carlos Meisel ante la Secretaría del Senado, buscaría devolver la navegabilidad del río Magdalena con fines productivos. El mejoramiento de la navegación, la actividad portuaria, la generación y distribución de energía y el aprovechamiento, preservación, protección del medio ambiente, serían los ejes del objeto de la iniciativa.

En cuanto a la hidrovía del río Grande de la Magdalena, como también se le conoce a este afluente, este se constituiría –según el proyecto– como un plan “estratégico preferente del orden nacional y motor de desarrollo ambiental, social y económico”. De este último, por la operación ininterrumpida que tendría el río para el tránsito de embarcaciones desde Puerto Salgar (Cundinamarca) hasta Bocas de Ceniza (Atlántico).

Le puede interesar: Inicia ciclo de revacunación a bovinos y bufalinos contra fiebre aftosa

Dicho programa, estaría definido sobre la base de un transporte fluvial e intermodal a lo largo del río, pero que promovería mejoramientos, de ser requeridos, para garantizar el uso sostenible del recurso hídrico a lo largo de su extensión.

En lo que respecta a su reglamentación, entidades como el Ministerio de Transporte, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en coordinación con la Corporación Autónoma Regional del río Grande de la Magdalena, reglamentarán la condición de hidrovía del río.

Por otra parte, esta ley autorizaría al “Gobierno Nacional y a los departamentos y municipios ribereños al río Grande de la Magdalena para que contribuyan al desarrollo portuario, la generación y distribución de energía y el aprovechamiento, preservación, protección del ambiente y financiación”, detalla el documento. Sin embargo, la autorización se otorgaría para la obtención de recursos económicos, adicionales o complementarios, de los que se faculte apropiar en el Presupuesto General de la Nación de cada vigencia fiscal.

Otros aspectos de la reglamentación de la ley

 Según la ley se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • En las Condiciones de navegabilidad, se deberán impulsar acciones necesarias para que la hidrovía opere los 365 días del año y las 24 horas del día, con una profundidad mínima asegurada. También, el acogimiento de medidas y/o acuerdos para facilitar la navegación, tránsitos y transbordos, enmarcados dentro del concepto de facilitación del movimiento de personas, comercio y logística.
  • Por otra parte, en el ítem de Puertos, vínculos intermodales y logística, se promovería la planificación del desarrollo de la hidrovía del río bajo perspectiva integral y sostenible, así como el apoyo en la producción de proyectos viables de construcción, ampliación o mejoramiento de puertos, vías de conectividad férrea, vías de conectividad terrestre y zonas de actividad logísticas (ZAL) dentro del área de influencia del río. Asimismo, deberá adelantar la reglamentación necesaria para impulsar el desarrollo del transporte multimodal en el país.
  • El Desarrollo tecnológico y desarrollo empresarial, promovería y apoyaría el diseño y construcción naval de embarcaciones apropiadas a la tipología de la hidrovía navegable.  También se ofrecería  el conocimiento, prácticas y experiencias regionales e internacionales sobre el desarrollo de las hidrovías. Se impulsará el diseño de programas integrales para el desarrollo de puertos.
  • La creación del Sistema Nacional de Seguridad Integral Fluvial de la hidrovía, mediante el trabajo articulado del Ministerio de Transporte en coordinación con la Dirección General Marítima (DIMAR) y el apoyo de la Armada Nacional, así como permitir espacios de articulación institucional entre los actores de la hidrovía a nivel nacional e internacional, son algunos de los Mecanismos de gestión de la hidrovía que se tendrían proyectados.
  • Por último, la Sostenibilidad ambiental, social y financiera estipula que convertir al río Grande de la Magdalena en una hidrovía debe garantizar su sostenibilidad ambiental, social y financiera. De igual forma, se tendrían planes de acompañamiento para beneficio de las poblaciones, además de la protección de la relación ambiente-puerto-ciudad.

Lo que debe saber sobre el río Magdalena

 El río Magdalena tiene una extensión de 1528 km en el país y es catalogado como una de las arterias hídricas del desarrollo nacional más importante.  De igual forma, es protagonista de  asuntos ambientales, culturales, sociales, económicos, entre otros.

El río tiene tres etapas de corrientes hídricas.

  • Alto Magdalena
  • El Magdalena Medio
  • El Bajo Magdalena

Finalmente, este río comprende el 49% de la población en Colombia y de estar conformado por 596 municipios ribereños (128 municipios) y no ribereños (468 municipios).

Por: Andrés Neira. Periodista.
Editor: Lina María Serna. Periodista – Editora.

Artículos Destacados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

FundacionAcpo

spot_img

Anuncio

POSTS RECIENTES

spot_img