Un fallo de la Corte Constitucional ordenó detener cualquier actividad minera o de búsqueda de minerales en más de un millón de hectáreas en la región del bajo Apaporis en la amazonia colombiana.
Por: Andrés A. Gómez Martín.
El Amazonas es el pulmón del mundo, entre miles de hectáreas de selva frondosa y cientos de pueblos indígenas están ocultos recursos minerales apetecidos por su gran valor económico como el oro y el coltán, que son codiciados por la industria de la tecnología gracias a sus propiedades, pues son utilizados en la fabricación de elementos electrónicos como los celulares inteligentes, computadores, teléfonos y radios para auto; en general, la industria tecnológica requiere de estos minerales.
En ese sentido, empresas mineras extranjeras han solicitado permisos de exploración y explotación minera en casi todo el país y la región de bajo Apaporis no se queda atrás. Esta semana la Corte Constitucional emitió un fallo en el que protege a más de un millón de hectáreas de selvas amazónicas de la deforestación causada exploración minera de oro.
Según la entidad judicial, una empresa canadiense interesada estaba cooptando a las comunidades indígenas, entre ellas los pueblos Taminimuka y Cabiyarí, para que no realizarán el proceso ante el Estado colombiano de convertir sus territorios en un Parque Nacional – en el año 2009 -, para que de esta forma la empresa pudiera solicitar permisos mineros en 13 zonas y extraer el costoso mineral.
La Corte Constitucional ordenó al Ministerio del Interior y a las autoridades correspondientes, la inmediata detención de cualquier actividad minera en el bajo Apaporis y asimismo solicitó la investigación de la indebida injerencia de la empresa minera en la toma de decisiones de las comunidades indígenas.
Con esta decisión se crea un precedente en materia de protección ambiental y cultural de las comunidades indígenas más apartadas del territorio nacional, pues la entidad judicial anunció que con la declaratoria del Parque Nacional Yaigojé Apapaoris, no se vulneran los derechos de los indígenas y tampoco se vulneran las características culturales ni ambientales del la región, ni del país.