miércoles, diciembre 4, 2024
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Consulados en Roma, Lima y Palma de Mallorca, listos para apoyar procesos de restitución de tierras

Las víctimas del conflicto colombiano, residentes en Roma, Lima y Palma de Mallorca, que hayan sido despojados de sus tierras en Colombia y/u obligados a abandonarlas, ahora pueden iniciar el proceso de restitución de sus predios, acudiendo a los consulados en estas ciudades. La Unidad de Restitución de Tierras (URT) ha capacitado al personal de estos consulados para que sean el puente entre las víctimas en el exterior y el Gobierno colombiano que, a través de la Ley 1448 de 2011, busca devolver los derechos sobre la tierra a sus legítimos dueños

Por: Unidad de Restitución de Tierras.

Para representar y proteger los derechos sobre la tierra de las víctimas en el extranjero, más consulados en Italia, Perú y España, con la orientación de la URT, ahora pueden apoyar en promover y salvaguardar los intereses de las personas que deseen solicitar la restitución de sus tierras, las cuales debieron abandonar y/o fueron despojadas a causa del conflicto armado en Colombia. Estas personas, que desean reclamar la restitución de sus tierras, deben en primera instancia acercarse al consulado más cercano.

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Es importante tener en cuenta que para hacer la solicitud de restitución, no es necesario estar dentro del Registro Único de Víctimas (RUV). De la misma manera, se debe resaltar que no es obligatorio volver al país para llevar a feliz término este proceso y que aplica sobre tierras en zonas rurales y urbanas.

Víctimas más cerca de la restitución de sus tierras

En los consulados capacitados por la URT, los funcionarios están preparados para brindar, a las personas que se acerquen, información sobre qué es la restitución de tierras y quiénes tienen derecho a esta, según los siguientes tres requisitos: vínculo jurídico con la tierra que hayan tenido que abandonar de manera forzosa o que les haya sido despojada; que este abandono o despojo haya sido a causa del conflicto armado; y que esto haya sucedido después del primero de enero de 1991. De acuerdo a esto, si la persona decide hacer la solicitud para la restitución de sus tierras, el consulado le agendará una cita virtual con funcionarios de la URT, para que sea atendido directamente por esta institución y sea atendido de acuerdo a los procedimientos de esta Unidad.

El día de la cita, desde el consulado se conecta virtualmente a la víctima con la URT Bogotá, para presentar la solicitud de restitución por este medio. La víctima lleva todos los documentos que pueda tener relacionados con el predio, testimonios, recortes de prensa, recibos de servicios y predial, documentos relacionados con la relación jurídica que tiene con el predio, etc.

Los funcionarios de URT procederán a hacer a la víctima las preguntas básicas para determinar si la persona puede acceder a la restitución. El solicitante relata entonces su historia con todos los hechos del antes, durante y después del despojo y abandono, identificando el núcleo familiar que sufrieron los hechos victimizantes, y la relación que tenían con el predio.

Posteriormente, con los ingenieros catastrales de la URT, se adelanta el trabajo de identificación catastral del predio que se solicita, para saber si se encuentra en una zona donde la URT ya adelanta trabajos, contando con condiciones de seguridad. De no ser así, se entregará a la víctima el oficio que certifica esta situación. Los consulados  certifican mediante firma y/o sello que efectivamente esa persona se presentó con documento que acreditaba su identidad.

En adelante, las notificaciones que se realicen dentro del proceso se harán a través de correo electrónico, o del consulado, según lo prefiera la víctima. El consulado brindará apoyo para enviar por correo a la URT todos los documentos que la víctima aporte, así como los originales por medio de valija diplomática.

Las víctimas en el exterior hacen parte de la patria

Abandonar la tierra forzosamente y ser despojados de sus predios, son quizás los más grandes traumatismos que sufren las víctimas del conflicto, lo cual empeora sustancialmente cuando se debe abandonar su propio país para salvar su vida y la de su familia. Esto implica una ruptura económica, cultural y emocional que les arranca de sus raíces y los somete a sobrevivir y adaptarse en un país desconocido lejos de lo que conocen y les es propio.

Consiente de esta problemática, la URT trabaja en la estrategia de trabajo conjunto con los consulados para que los beneficios de la Ley 1448 de 2011 llegue a todas las víctimas en el exterior que tienen derecho a ella, reconociendo y ratificando sus derechos bajo el marco de la ley y el arraigo con su patria.

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