Por: Sandra Patricia Romero – Facilitadora Escuelas Digitales Campesinas Cundinamarca
En el marco del proceso de posconflicto, es interesante hablar de la situación de las víctimas en Colombia, quienes son actores trascendentales para la implementación de la Ley de Víctimas y por ende tienen derecho a participar efectivamente en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de la política pública para su asistencia, atención y reparación.
En este sentido, es importante aclarar que las víctimas tienen derecho a:
- La verdad, justicia y reparación integral.
- Ser destinatario de las acciones afirmativas adelantadas por el Estado para proteger y garantizar el derecho a la vida en condiciones de dignidad.
- Solicitar y recibir atención humanitaria. En el caso de víctimas distintas al desplazamiento forzado, pueden acceder por una sola vez a la ayuda humanitaria en el momento de la violación de los derechos, mientras que para las víctimas del desplazamiento forzado, la ayuda humanitaria se entregará hasta que cese su vulnerabilidad.
- Participar en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública de prevención, atención y reparación integral.
- Que la política pública de asistencia, atención y reparación tenga enfoque diferencial.
- La reunificación familiar cuando por razón de su tipo de victimización se haya dividido el núcleo familiar.
- Retomar a su lugar de origen o reubicarse en condiciones de voluntariedad, seguridad y dignidad, en el marco de la política de seguridad nacional.
- La restitución de la tierra si hubiere sido despojado de ella.
- Recibir información sobre las rutas y los medios de acceso a las medidas que se establecen en la Ley.
- Conocer el estado de procesos judiciales y administrativos que se estén adelantando, en los que tengan un interés como parte o intervinientes.
En el caso del municipio de Silvania ubicado en el departamento de Cundinamarca, lo que se ha logrado en este tema con la gestión de la Alcaldía Municipal, los funcionarios y la Gobernación del departamento, es fortalecer los procesos con las víctimas, dando continuidad a la implementación de estrategias durante dos años consecutivos, teniendo en cuenta que cada cambio de gobierno municipal impide que se continúen con esos procesos, generando reestructuraciones que no benefician en nada a los beneficiarios.
Esta continuidad es lo que ha permitido que este municipio cundinamarqués se haya convertido en ejemplo de la implementación de programas para el beneficio de la población víctima del conflicto y el desplazamiento.
Así mismo. con la creación de asociaciones de víctimas y desplazados, se ha logrado vincular a más de 100 familias víctimas del conflicto y desplazamiento forzado en el municipio; con la ayuda de la Alcaldía, de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria, Umata, y de otros actores se ha venido socializando proyectos de vivienda, de adquisición de terrenos para cultivarlos, maquinaria para implementar en los cultivos, la entrega de insumos y de otros beneficios que sirvan para cultivar productos de buena calidad para vender en el mercado y que tengan su sello innovador y de calidad; así mismo que se genere ingresos para la sostenibilidad de estas familias beneficiadas. Además se han establecido reuniones previas para los interesados en capacitarse en proyectos productivos, cursos informales, cursos técnicos que sean de gran utilidad para aplicar en sus diferentes asociaciones y veredas.
En vista de ello, el Estado debe garantizar la participación efectiva de las víctimas a través del uso y disposición real y material de los mecanismos democráticos y los instrumentos previstos en la Constitución y las leyes, para lo cual deberá, entre otros:
- Garantizar la disposición de los medios e instrumentos necesarios para la elección de sus representantes en las instancias de decisión y seguimiento de la ley, el acceso a la información, el diseño de espacios de participación para la efectiva participación de las víctimas en los niveles nacional, departamental y municipal.
- Llevar a cabo ejercicios de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de los planes, proyectos y programas que se diseñen y ejecuten. Estos ejercicios deberán contar con la participación de las organizaciones de las víctimas.
- Propiciar la participación efectiva de mujeres, niños, niñas y adolescentes, y adultos mayores.
En el mismo contexto, las víctimas tienen derecho a participar por su propia iniciativa, mediante sus voceros o representantes en:
- Las mesas municipales o distritales, departamentales o nacional de participación de víctimas.
- En el Consejo Directivo de la Unidad de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.
- En los Comités Territoriales de Justicia Transicional.
- La Comisión de Seguimiento y Monitoreo.
- El Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación a las Víctimas, cuando sean invitados.
- El Consejo Directivo del Centro de Memoria Histórica.
- Los Subcomités Técnicos.
Por su lado, la reparación comprende cinco tipos de medidas: restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición. Las víctimas accederán a una o varias de estas medidas dependiendo de los daños sufridos y el tipo de hecho víctimizante. Las medidas de reparación pueden ser individuales, colectivas, materiales, morales o simbólicas.
- Restitución: Realización de medidas que buscan el restablecimiento de las víctimas a la situación en que se encontraba antes de que ocurriera el hecho víctimizante. Además de la restitución de tierras se adelantarán medidas de restitución de vivienda y se promoverán capacitaciones y planes de empleo urbano y rural para lograrlo.
- Indemnización: Dependiendo del hecho víctimizante las víctimas recibirán una compensación económica por los daños sufridos, a título de indemnización administrativa.
- Rehabilitación: Consiste en la atención de carácter jurídico, médico y psicológico y social dirigidos al restablecimiento de las condiciones físicas y psicológicas de las víctimas.
- Medidas de satisfacción: Estas medidas buscan proporcionar bienestar y contribuir a mitigar el dolor de la víctima, a través del restablecimiento de la dignidad de la víctima y difusión de la verdad sobre lo sucedido.
- Garantías de no repetición: El Estado debe implementar una serie de medidas con el fin de garantizar que no se repitan las violaciones a los derechos humanos, ni las infracciones al DIH que generaron la victimización.
A la luz de la Ley 1448 de 2011, la cual dicta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. La Red Nacional de Información, RNI, será el instrumento que garantizará al Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas una rápida y eficaz información nacional y regional sobre las violaciones de que trata el artículo 3° de la misma, permitiendo la identificación y el diagnóstico de las circunstancias que ocasionaron y ocasionan el daño a los afectados.