sábado, diciembre 14, 2024
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Parteras son incluidas legalmente en el sistema de salud

En Colombia, además de reconocer este oficio como patrimonio cultural inmaterial, se le dio respaldo legal como profesión.

La partería es una práctica ancestral en donde las mujeres ayudan a otras en el proceso de parto. Conocidas como parteras o matronas, estas sabias mujeres adoptaban técnicas de mejora a partir de un proceso de aprendizaje empírico, que basado en cada una de las experiencias, buscaba asegurar la tranquilidad y bienestar de las madres y sus bebés.

En 2017, el Ministerio de Cultura expidió la resolución 1077 que incluye los “saberes asociados a la partería afro del Pacífico” en la lista representativa del patrimonio cultural inmaterial nacional. Son muchas las comunidades étnicas del país, que a pesar de los avances médicos y tecnológicos consideran indispensable continuar con esta tradicional práctica.

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Anteriormente, las parteras se encontraban en zonas apartadas donde no había alcance de un sistema de salud estructurado. Pero, desde hace algunos años, esta labor ha llegado a las ciudades. Reconociendo la sabiduría y empatía con la que las parteras realizan su trabajo, entidades como la ONU – Organización de las Naciones Unidas, determinan la importancia de mantener la práctica, pues se calcula que las parteras pueden evitar dos tercios de las muertes maternas y neonatales.

En colombia, además de la resolución que reconoce la partería como patrimonio cultural, no había un sustento legal válido en el Ministerio de Salud que la reconociera como profesión. Esta problemática fue solucionada gracias a una demanda que impuso una ciudadana francesa  que recibió su título como partera en Bélgica.

Dicho título,  fue convalidado por el Ministerio de Educación en 2014, pero MinSalud en 2016 no lo aprobó para entrar al Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus). Por tal razón, la mujer no había podido ejercer su profesión en Colombia. Afortunadamente, a inicios de este mes, por parte del juzgado segundo administrativo de Bogotá, se le dio la razón a la demandante teniendo en cuenta que en Colombia desde hace varios años ha existido una regulación sobre la partería.

Se consideró que dentro del Registro Único de Talento Humano en Salud no se excluye ninguna profesión u oficio, sino que por el contrario se establecen las normas, competencias y condiciones que las regulan. Además, de que como agentes de salud tienen acceso a regiones apartadas, donde las instituciones prestadoras de salud no.

Por: Karina Porras. Periodista.
Editor: Lina María Serna. Periodista – Editora.

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