Entre los deberes del Estado se encuentra promover la comercialización de productos con el fin de mejorar los ingresos y la calidad de vida de los campesinos, además de proteger la producción de alimentos. Es por eso que desde las facultades del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural se creó la Resolución 218 del 10 de julio que establece el Programa de Incentivo de Coberturas de precios y tasa de cambio para productores de Maíz amarillo y blanco tecnificado.
Dicha norma indica que el presupuesto asignado para financiar este programa es de 2.500 millones de pesos, de los cuales 1.250 serán destinados a cubrir a los productores del departamento del Meta y el resto para los demás productores del país. El procedimiento para la entrega de los recursos se hará según lo estipulado en el instructivo técnico de la Dirección de Cadenas Agrícolas del Ministerio, que se publicará en la página web de la Bolsa Mercantil de Colombia – BMC.
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Los productores interesados podrán tomar las coberturas hasta el próximo 02 de octubre del presente año ingresando a la Bolsa Mercantil de Colombia, y deberán cumplir con una serie de parámetros para acceder a dicho apoyo. Entre los que se encuentra la inscripción al programa, toma de cobertura y aseguramiento de la Tasa Representativa del Mercado – TRM, la adjudicación de la opción, demostración de la producción vendida o procesada para el autoconsumo y el pago de compensación.
¿Quiénes pueden participar en el programa?
Podrán acceder al programa los productores individuales, entendidos como asociaciones, cooperativas, empresas, agremiaciones y procesadores de maíz, que deseen cubrir ante caída de los precios las ventas de la producción cosechada que realicen a la agroindustria o a las comercializadoras después de la fecha de resolución por la que se estableció el programa.
Igualmente, los productores – procesadores entendidos como personas naturales o jurídicas productoras de maíz amarillo y blanco tecnificado que deseen cubrir ante caída de los precios la producción en el año 2019 destinada al autoconsumo en una fecha posterior a la que se estableció este programa. Para obtener más información sobre la Resolución y todas sus especificaciones puede entrar al siguiente link: Resolución 218 del 10 de julio.
Por: Karina Porras Niño. Periodista.
Editor: Lina María Serna. Periodista – Editora.