La Corte Constitucional decidió hoy, que las entidades locales y regionales tienen la potestad de tomar decisiones en cuanto a la regulación del suelo para proyectos mineros y por ende deben velar por la protección ambiental. Esta decisión se dio a conocer a través de la Sentencia T-445 de 2016.
En cuanto al concepto de protección del medio ambiente, el fallo se refiere de la siguiente manera: “Es claro que la protección jurídica del medio ambiente es hoy una necesidad universalmente reconocida, la cual busca dar una respuesta contundente a las agresiones que sufren los ecosistemas de nuestro país. Más aún si se tiene en cuenta que la protección de los recursos renovables asegura la supervivencia de las generaciones presentes y futuras, condiciona el ejercicio de ciertas facultades que se ven limitadas por los derechos de quienes aún no han nacido, conforme a la función ecológica de la propiedad y obliga a actuar de determinada manera, dado que las satisfacciones de las necesidades actuales requieren de planificación económica y de responsabilidad. La protección al medio ambiente no debe estructurarse bajo un entendimiento de los ecosistemas como medio para garantizar a perpetuidad el desarrollo humano. Por el contrario, este mandato imperativo nace del deber de respetar y garantizar los derechos de la naturaleza como sujeto autónomo”.
Lo anterior permite ver que el aspecto medioambiental es de gran importancia para cualquier actividad que implique el uso de los recursos naturales de las regiones, razón por la cual, los entes regionales y locales tendrán una gran responsabilidad la hora de regular el uso del suelo para desarrollar proyectos mineros, evaluando de forma detallada el desarrollo económico y el beneficio que le puede brindar a la comunidad.
Esta decisión también respalda la opinión de la población en cuanto a las propuestas que se presenten por parte de las empresas mineras, de esta manera se tendrá en cuenta el beneficio común tanto de los recursos naturales como de la comunidad que habite la región.
«Los entes territoriales poseen la competencia para regular el uso del suelo y garantizar la protección del medio ambiente», señala el fallo. También se hace un llamado al Gobierno Nacional para que inicie el desarrollo de un estudio técnico que permita prever el impacto que provoca la minería en cada uno de los ecosistemas a nivel nacional, de manera que se tenga un precedente a la hora de intervenir el suelo.