En los últimos años ciertas compañías han estado comprando más hectáreas de las que están permitidas en los límites legales de adquisición de tierras en Colombia, por medio de empresas fantasma.
Por: Daniela Ballesteros Novoa
Practicante del Colegio Tilatá.
La repartición de tierras en Colombia tiene un alto nivel de desigualdad, lo cual se comprueba al revisar los datos expuestos en un artículo de Divide y Compra (2013), “Una nueva forma de concentrar tierras baldías en Colombia”. Allí se precisa que el 80% del territorio colombiano pertenece al 14% de la población y es en éste porcentaje menor, donde los campesinos entran a buscar una participación; lo cual resulta contradictorio, si se tiene en cuenta que es ésta porción de tierra, la que al final provee el alimento para toda la población.
Según datos de Oxfam (2013), esto genera que la concentración de la propiedad sea una de las más altas del mundo y la segunda de América Latina, después de Paraguay. Junto con esta inequidad, el acceso a la tierra va íntimamente ligado a la pobreza rural y es al mismo tiempo causa y efecto del conflicto armado interno que ha estado en el país durante más de medio siglo, con un efecto del despojo de hasta ocho millones de hectáreas.
Según cifras del censo agropecuario de 2005, la población colombiana se ha quintuplicado en los últimos cincuenta años, mientras que la población rural no ha tenido un crecimiento tan grande. Esto se puede ver en las siguientes cifras: hace cincuenta años la relación entre consumidor y productor era uno a dos y ahora es de seis a uno. Si esto se mantiene, la proyección (asumiendo un crecimiento de 1.7% por año) para el 2030 daría una relación de diez a uno.
Además de esta problemática, hace aproximadamente dos años se descubrió que algunas empresas como Cargill y Riopaila Castilla estaban adquiriendo tierras baldías sobrepasando el límite permitido según la Ley 135 de 1961. Esta ley también conocida como la Ley de Reforma Agraria, establece que únicamente se podían adjudicar baldíos a personas naturales (es decir, quedan excluidas las empresas o personas jurídicas), por una superficie no superior a 450 hectáreas. Esta ley además especificaba las siguientes excepciones: es posible titular hasta 1.000 hectáreas en regiones definidas por el Incora, alejadas de centros poblados y sin vías de comunicación, y hasta 3.000 hectáreas en sabanas de pastos naturales en las que no fuera “económicamente factible la siembra de pastos artificiales”, entre ellas los Llanos Orientales o Altillanura (hoy departamentos de Meta, Vichada, Arauca y Casanare). Esta ley, autorizó al Incora para seleccionar y delimitar Zonas de Reserva Campesina (Art.80 y 81) para el fomento de la pequeña propiedad rural, así como Zonas de Desarrollo Empresarial.
En contraposición, según cifras de Oxam en el artículo “Cargill may have broken law over Colombia land buying” (2013), Cargill por medio de aproximadamente 36 empresas fantasma adquirió 52.579 hectáreas. Esto sobrepasa los límites establecidos por la Ley de Reforma Agraria, y nos lleva a cuestionarnos sobre cómo es posible que compras tan grandes de tierra sean conversadas para ver si se denominan ilegales, pues según dice Lori Johnson el representante de Cargill «en lo que no estamos de acuerdo con Oxfam es en lo que son las políticas que realmente conducen a la estabilidad, la reducción de la pobreza y el aumento de la seguridad alimentaria. Y, en este caso particular, no estamos de acuerdo claramente con su interpretación de la ley».
En el 2015 se descubrió que además de Cargill y Riopaila Castilla que compró cerca de 40 mil hectáreas de tierra, Proaves de Colombia compró nueve predios en Mapiripán, que suman 1.591 hectáreas.