El uso eficiente del agua debe ser la prioridad para Colombia según nuevo decreto

Los términos de referencia para los Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua – PUEAA, aplica para las autoridades ambientales, a usuarios y a entidades territoriales.

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Foto:.radioamerica.hn

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible por medio del decreto 1090 del 28 de junio de 2018 expidió la regulación para el uso eficiente y ahorro de agua, contemplado en el decreto único Reglamentario 1076 de 2015.

Con este se busca optimizar el uso del recurso hídrico a través de acciones que minimicen el consumo de agua, desperdicio y cantidad del líquido empleado en un proyecto o actividad. (Le puede interesar: Comunidades de la alta y media Guajira esperan tener agua potable en dos meses)

El proyecto de mejora se hará mediante la aplicación de prácticas de reutilización, recirculación, uso de aguas lluvias, el control de perdidas y la reconversión de tecnologías, que ayuden al uso sostenible del recurso.

El decreto aplica para autoridades ambientales, usuarios que soliciten una concesión de aguas y las entidades territoriales que sean responsables de la implementación de programas sobre el uso eficiente del agua.

¿Cuándo entra en vigencia?

Los usuarios que soliciten la concesión de aguas deben elaborar un programa enfocado a la optimización del recurso hídrico y la sostenibilidad. El Ministerio de Ambiente deberá establecer la estructura y el contenido del Programa para el Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA.

El programa se aplicará a los proyectos u obras que inicien a partir de la entrada en vigencia de la regulación, en caso de haber realizado los trámites para la obtención de la concesión de aguas o licencia ambiental anterior al 28 de junio del presente año, deberán adoptar un régimen de transición.

Para quienes ya tienen la concesión de agua o la licencia ambiental, pueden continuar con su proyecto, actividad u obra sujetos a los términos, condiciones y obligaciones indicados en los actos administrativos expedidos. En caso de solicitar renovación o modificación de la licencia deberá aplicar todo lo dispuesto en el artículo 1090 expedido el 28 de junio de 2018.

Por: Silvia Pedreros. Periodista.
Editor: 
Andrés Neira. Periodista.

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